Lo que parecía un trámite acordado terminó en un giro inesperado. En una audiencia del Procedimiento Especial de Flagrancia, donde Fiscalía y defensa habían consensuado una suspensión de juicio a prueba (probation), el juez Carlos Lima se declaró incompetente y ordenó que el caso pase a la UFI Delitos Contra la Propiedad, dentro del Sistema Acusatorio Adversarial.
La causa involucra a Ramón Eduardo Nievas, investigado por presunto encubrimiento. El expediente estaba a cargo del fiscal Francisco Micheltorena, con asistencia de Eduardo García Thomas. Ambas partes habían acordado una salida alternativa que evitaba el juzgamiento del hecho. Sin embargo, el magistrado resolvió de oficio que Flagrancia no era competente para intervenir.
Un antecedente reciente con criterio distinto
Hace casi un mes, en un caso de características similares, el propio fuero de Flagrancia se había declarado competente y validado el trámite inmediato ante un robo detectado durante una huida. Ese antecedente había consolidado un criterio amplio de aplicación. Por eso, la nueva decisión reabre el debate sobre qué condiciones habilitan la intervención urgente.
El hecho que dio origen a la causa ocurrió el 23 de febrero de 2026. La víctima había denunciado el 4 de noviembre de 2025 el robo de una motocicleta Zanella ZB en el Barrio Los Cardos, en Chimbas, tras un asalto en la vía pública. La denuncia fue radicada en la Comisaría 17ª.
Casi cuatro meses después, el damnificado afirmó reconocer su moto en el cruce de Arenales y Conector Sur. El conductor escapó cruzando semáforos en rojo, mientras la víctima alertaba al 911. Personal de la Subcomisaría Villa Hipódromo lo interceptó en Dr. Ortega y Paula Albarracín de Sarmiento. Allí constataron que la patente no coincidía y que el número de motor estaba limado. Aunque el fiscal entendió que correspondía tramitar el caso en Flagrancia, ahora será la UFI especializada la que continúe la investigación.



