Cada vez que ocurre un caso grave de abuso sexual en San Juan, la pregunta vuelve con fuerza: ¿por qué no existe un registro de agresores sexuales al que cualquier ciudadano pueda acceder? La respuesta que dan desde el Poder Judicial es compleja, pero existe.
La razón principal es constitucional: el derecho penal argentino sanciona actos concretos, no personas. Cuando alguien cumple su condena, no puede seguir siendo marcado públicamente de por vida sin que eso viole tratados internacionales de derechos humanos. La Constitución y los convenios internacionales son los que frenan la idea de un registro público.
Argentina tiene la Ley 26.879, que creó un banco de perfiles genéticos con muestras de ADN de condenados e imputados. Pero es una herramienta de investigación criminal, no un listado público consultable.
La fiscal coordinadora del CAVIG (Centro de Asistencia a Víctimas de Género) de San Juan explicó que la convencionalidad de estos registros es “bastante dudosa”. Mendoza, Buenos Aires y Santa Fe intentaron avanzar en la misma dirección, pero sus registros quedaron reservados solo para uso judicial y policial.
El debate sigue siendo de alta tensión en la provincia, especialmente después de casos que conmocionaron a la comunidad. La sociedad pide respuestas, y el sistema jurídico tiene las suyas, aunque no siempre sean fáciles de aceptar.
Fuente: Tiempo de San Juan



